Escuela de Concejales


MATERIA.- Organización y funcionamiento
SUBMATERIA.- Los debates

ASPECTOS Y TERMINOLOGÍA A TENER EN CUENTA PARA LOS DEBATES DE LAS SESIONES

ESQUEMA PROCEDIMENTAL DEL DESARROLLO DE LA SESIÓN

  • Presentación de la propuesta
  • Se informa el expediente por los servicios técnicos o por la secretaría
  • Se fija el Orden del Día
  • Pasa a estudio a la comisión correspondiente
  • Se convoca la sesión con 48 horas de antelación
  • Se pone el expediente y toda la documentación a disposición de los diferentes grupos
  • Se abre la sesión
  • Se procede a la lectura y aprobación si procede, del acta de la sesión anterior
  • Se inicia el debate de las propuestas dictaminadas con el siguiente orden:
                        Lectura del dictamen
                        Lectura de los votos particulares totales o parciales
                        Lectura de las enmiendas totales o parciales
                        Lectura del informe – propuestas si fue rechazado por la Comisión
                        Primer turno de intervenciones
                        Turno por alusiones
                        Segundo turno de intervenciones
                        Votación del asunto
  • Se procede a ratificar la inclusión en el orden del día de las Proposiciones
  • Se debaten y votan las Proposiciones
  • Se pregunta si hay mociones que debatir
  • Se vota la urgencia de las mociones
  • De aprobarse la urgencia se inicia el debate y votación de las mociones presentadas
  • Se abre el turno de ruegos y preguntas
  • Se levanta la sesión
  • Se redacta el borrador del acta de la sesión


ANTES DE LA SESIÓN
Si queremos que algo se debata en una sesión e intentar que se adopte un acuerdo sobre ello, debe incluirse necesariamente en el Orden del día de la convocatoria. Es decir tenemos o nos tienen que convocar o llamar a reunirnos (convocatoria) y debemos o nos deben indicar que es lo que se va a tratar o para que nos vamos a reunir (Orden del día).
Esos asuntos sobre los que se propone adoptar algún acuerdo van a recibir el nombre genérico de:
·         Proposición, que es la propuesta que se somete al Pleno relativa a un asunto incluido en el orden del día (luego veremos que en el caso de ser dictaminados se denominan “dictámenes” y en caso contrario “Proposiciones”)
Ahora bien, los asuntos que han de ser discutidos y que se incluyen en la orden del día van a dar lugar a la formación de un expediente donde constara el
·         Informe del Jefe de la dependencia o Informe -propuestas del Secretario, que es la opinión técnica de los expertos y la adecuación de lo propuesto a la legalidad vigente, que habrá de servir de soporte para la discusión del asunto en la Comisión informativa correspondiente.
El expediente así formado antes de poder ser debatido en el Pleno, que es un acto más formal y público debe pasar antes por la Comisión o Comisiones Informativas  respectivas, para que allí, se estudie el asunto y se discuta en privado y se emita lo que recibe el nombre de
·         Dictamen, que es la propuesta sometida al Pleno tras el estudio del expediente por la Comisión informativa. Contiene una parte expositiva y un acuerdo a adoptar.
Es decir, en el dictamen se deben de exponer (de ahí el nombre de parte expositiva) los antecedentes del caso y la opinión que merece a la Comisión y el acuerdo a adoptar o lo que queremos disponer (a esta parte se la conoce como parte dispositiva).
Si algún miembro de la Comisión no está de acuerdo con el dictamen y quiere mostrar y justificar su discrepancia mas allá de la emisión del voto en contra, puede hacer constar su discrepancia en lo que se denomina
·         Voto particular, que es la propuesta de modificación de un dictamen formulada por un miembro que forma parte de la Comisión informativa. Deberá acompañar al dictamen desde el día siguiente a su aprobación por la Comisión, es decir, el voto particular se adjunta al dictamen formulado
           

Tiene esta consideración el informe – propuesta que es rechazado separándose el dictamen de lo aconsejado por los técnicos
Si por el contrario, algún concejal, que no forma parte de la Comisión, quiere mostrar su discrepancia lo hara mediante la presentación de una
·         Enmienda, que es la propuesta de modificación de un dictamen o proposición presentada por cualquier miembro, mediante escrito presentado al Presidente antes de iniciarse la deliberación del asunto.
DURANTE LA SESIÓN
DEBATIR ALGO INCLUIDO EN EL ORDEN DEL DÍA
Como la convocatoria se hace por el Alcalde de acuerdo con su equipo de gobierno, todo lo que ellos quieran proponer, debatir o aprobar, bien por iniciativa propia o a petición de los diferentes grupos políticos se denomina
·         Dictamen, que es la propuesta que se somete al Pleno relativa a un asunto incluido en el orden del día, que acompaña a la convocatoria, en virtud de lo dispuesto en el artículo 82.3 del Reglamento de Organización y funcionamiento de las Entidades locales (ROF)
La propuesta, que después de estudiada e informada se convertirá en Dictamen, contendrá al igual que éste una parte expositiva y el acuerdo a adoptar. No procederá entrar a debatir ni votar una proposición no dictaminada previamente salvo por razones de urgencia
En caso de urgencia, el Alcalde por propia iniciativa o por que se lo haya solicitado cualquiera de los portavoces puede incluir una propuesta no dictaminada pero en este caso lo primero que debe de hacerse es ratificar la inclusión en el orden del día, de acuerdo con el artículo 82.3 que dice textualmente
Artículo 82 del ROF
3. El Alcalde o Presidente, por razones de urgencia debidamente motivada, podrá incluir en el orden del día, a iniciativa propia o a propuesta de alguno de los portavoces, asuntos que no hayan sido previamente informados por la respectiva Comisión informativa, pero en este supuesto no podrá adoptarse acuerdo alguno sobre estos asuntos sin que el Pleno ratifique su inclusión en el orden del día.
Esta propuesta, que no ha sido dictaminada previamente, recibirá el nombre, a secas, de 

·         Proposición, que como decíamos es la propuesta que realiza el Alcalde a iniciativa propia o a petición de cualquiera de los portavoces y que para ser votada se requerirá , como hemos visto, que su inclusión se deba a:
            * razones de urgencia
            * Que tal urgencia haya sido debidamente motivada y
            * Que se ratifique por el Pleno su inclusión en el Orden del día

DEBATIR ALGO QUE NO ESTA INCLUIDO EN EL ORDEN DEL DÍA
En el caso de que interese debatir algo que no fue incluido en la correspondiente Orden del Día, debemos hacerlo directamente en el Pleno, justificando la urgencia de tratarlo sin que exista un previo estudio y dictamen. A esta propuesta se la denomina
·         Moción, que es la propuesta que se somete directamente a conocimiento del Pleno al amparo de lo prevenido en el artículo 91.4 del ROF.
La Moción puede formularse por escrito u oralmente.
4. En las sesiones ordinarias, concluido el examen de los asuntos incluidos en el orden del día y antes de pasar al turno de ruegos y preguntas, el Presidente preguntará si algún grupo político desea someter a la consideración del Pleno por razones de urgencia, algún asunto no comprendido en el orden del día que acompañaba a la convocatoria y que no tenga cabida en el punto de ruegos y preguntas.
Si así fuere, el Portavoz del grupo proponente justificará la urgencia de la moción y el Pleno votará, acto seguido, sobre la procedencia de su debate. Si el resultado de la votación fuera positivo se iniciará el debate y se procederá a la votación del asunto

TURNO DE RUEGOS Y PREGUNTAS
Antes de finalizar la sesión, se abre el turno de Ruegos y Preguntas para escuchar y en su caso debatir las propuestas que los diferentes portavoces quieran formular antes de dar por finalizado el acto. Su característica principal es que no se someten nunca a votación
·         Ruego, es la formulación de una propuesta de actuación dirigida a algunos de los órganos de gobierno municipal. Los ruegos formulados en el seno del Pleno podrán ser debatidos, pero en ningún caso sometidos a votación.
Pueden plantear ruegos todos los miembros de la Corporación, o los grupos municipales a través de sus portavoces.
Los ruegos podrán ser efectuados oralmente o por escrito y serán debatidos generalmente en la sesión siguiente, sin perjuicio de que lo puedan ser en la misma sesión que se formulen si el Alcalde o Presidente lo estima conveniente.
·         Pregunta, es cualquier cuestión planteada a los órganos de gobierno en el seno del Pleno.
Pueden plantear preguntas todos los miembros de la Corporación, o los grupos municipales a través de sus portavoces.
Las preguntas planteadas oralmente en el transcurso de una sesión serán generalmente contestadas por su destinatario en la sesión siguiente, sin perjuicio de que el preguntado quiera darle respuesta inmediata.
Las preguntas formuladas por escrito serán contestadas por su destinatario en la sesión siguiente, sin perjuicio de que el preguntado quiera darle respuesta inmediata.
Las preguntas formuladas por escrito con veinticuatro horas de antelación, serán contestadas ordinariamente en la sesión o, por causas debidamente motivadas, en la siguiente.
Vemos por tanto como la diferencia sustancial entre ruego y pregunta es que el ruego contiene una propuesta no urgente (de serlo se denominaría moción y seria debatida y votada) mientras que la pregunta es ni más ni menos eso, una cuestión sobre algo que nos interesa conocer y que por tanto no lleva en sí misma ninguna propuestas.

Por lo que se refiere a las preguntas vemos que las mismas pueden plantearse oralmente o por escrito y que generalmente se contestan en la sesión siguiente.

La excepción es que si la pregunta se formula veinticuatro horas antes de celebrase la sesión, debe ser contestada ordinariamente dentro de la sesión salvo que se motive el retraso de la respuesta para la sesión siguiente



OTRAS CUESTIONES

Las cuestiones de orden son intervenciones que en cualquier momento del debate pueden solicitar cualquiera de los miembros de la corporación, que el Presidente resolverá sin que por este motivo se entable debate alguno

Los turnos por alusiones son intervenciones que se solicitan para rectificar lo expuesto por otro miembro



SE ADJUNTA ANEXO LEGISLATIVO
Y
DIFERENTES MODELOS COMENTADOS





















ANEXO LEGISLATIVO

ARTS 91 A 97 DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ENTIDADES LOCLALES APROBADO POR RD 2568/1986 DE 28 DE NOVIEMBRE

 

SECCIÓN SEGUNDA. DE LOS DEBATES

1. Las sesiones comenzarán preguntando el Presidente si algún miembro de la Corporación tiene que formular alguna observación al acta de la sesión anterior que se hubiere distribuido con la convocatoria. Si no hubiera observaciones se considerará aprobada. Si las hubiera se debatirán y decidirán las rectificaciones que procedan.
En ningún caso podrá modificarse el fondo de los acuerdos adoptados y sólo cabrá subsanar los meros errores materiales o de hecho.
Al reseñar, en cada acta, la lectura y aprobación de la anterior se consignarán las observaciones y rectificaciones practicadas.
2. Todos los asuntos se debatirán y votarán por el orden en que estuviesen relacionados en el orden del día.
3. No obstante lo dispuesto en el número anterior, el Alcalde o Presidente puede alterar el orden de los temas, o retirar un asunto cuando su aprobación exigiera una mayoría especial y ésta no pudiera obtenerse en el momento previsto inicialmente en el orden del día.
4. En las sesiones ordinarias, concluido el examen de los asuntos incluidos en el orden del día y antes de pasar al turno de ruegos y preguntas, el Presidente preguntará si algún grupo político desea someter a la consideración del Pleno por razones de urgencia, algún asunto no comprendido en el orden del día que acompañaba a la convocatoria y que no tenga cabida en el punto de ruegos y preguntas.
Si así fuere, el Portavoz del grupo proponente justificará la urgencia de la moción y el Pleno votará, acto seguido, sobre la procedencia de su debate. Si el resultado de la votación fuera positivo se seguirá el procedimiento previsto en el artículo 93 y siguientes de este Reglamento.
Lo dispuesto en este apartado no será de aplicación, en ningún caso, a las mociones de censura, cuya tramitación, debate y votación se regirán por lo establecido en el artículo 108 de este Reglamento.
1. Cualquier concejal podrá pedir, durante el debate, la retirada de algún expediente incluido en el orden de día, a efecto de que se incorporen al mismo documentos o informes, y también que el expediente quede sobre la mesa, aplazándose su discusión para la siguiente sesión. En ambos casos, la petición será votada, tras terminar el debate y antes de proceder a la votación sobre el fondo del asunto. Si la mayoría simple votase a favor de la petición no habrá lugar a votar la propuesta de acuerdo.
2. En el supuesto de que se trate de asuntos no incluidos en el orden del día que requieran informe preceptivo de la Secretaría o de la intervención, si no pudieran emitirlo en el acto, deberán solicitar del Presidente que se aplace su estudio quedando sobre la mesa hasta la próxima sesión.
Cuando dicha petición no fuera atendida, el secretario lo hará constar expresamente en el acta.
La consideración de cada punto incluido en el orden del día comenzara con la lectura, íntegra o en extracto, por el secretario, del dictamen formulado por la Comisión informativa correspondiente o, si se trata de un asunto urgente, no dictaminado por la misma, de la proposición que se somete al Pleno. A solicitud de cualquier grupo deberá darse lectura íntegra a aquellas partes del expediente o del informe o dictamen de la Comisión que se considere conveniente para mejor comprensión.
Si nadie solicitare la palabra tras la lectura, el asunto se someterá directamente a votación.
1. Si se promueve debate, las intervenciones serán ordenadas por el Alcalde o Presidente conforme a las siguientes reglas:
a.       Sólo podrá hacerse uso de la palabra previa autorización del Alcalde o Presidente.
b.      El debate se iniciará con una exposición y justificación de la propuesta, a cargo de algún miembro de la Comisión informativa que la hubiera dictaminado o, en los demás casos, de alguno de los miembros de la Corporación que suscriban la proposición o moción, en nombre propio o del colectivo u órgano municipal proponente de la misma.
c.       A continuación, los diversos grupos consumirán un primer turno. El Alcalde o Presidente velará para que todas las intervenciones tengan una duración igual.
d.      Quien se considere aludido por una intervención podrá solicitar del Alcalde o Presidente que se conceda un turno por alusiones, que será breve y conciso.
e.       Si lo solicitara algún grupo, se procederá a un segundo turno. Consumido éste, el Alcalde o Presidente puede dar por terminada la discusión que se cerrará con una intervención del ponente en la que brevemente ratificará o modificará su propuesta.
f.       No se admitirán otras interrupciones que las del Presidente para llamar al orden o a la cuestión debatida.
2. Los miembros de la Corporación podrán en cualquier momento del debate pedir la palabra para plantear una cuestión de orden, invocando al efecto la norma cuya aplicación reclama. El Presidente resolverá lo que proceda. Sin que por este motivo se entable debate alguno.
3. Los funcionarios responsables de la Secretaría y de la intervención podrán intervenir cuando fueren requeridos por el Presidente por razones de asesoramiento técnico o aclaración de conceptos. Cuando dichos funcionarios entiendan que en el debate se ha planteado alguna cuestión sobre la que pueda dudarse sobre la legalidad o repercusiones presupuestarias del punto debatido podrán solicitar al Presidente el uso de la palabra para asesorar a la Corporación.
Artículo 95.
1. El Alcalde o Presidente podrá llamar al orden a cualquier miembro de la Corporación que:
a.       Profiera palabras o vierta conceptos ofensivos al decoro de la Corporación o de sus miembros, de las instituciones públicas o de cualquier otra persona o entidad.
b.      Produzca interrupciones o, de cualquier otra forma, altere el orden de las sesiones.
c.       Pretenda hacer uso de la palabra sin que le haya sido concedida o una vez que le haya sido retirada.
2. Tras tres llamadas al orden en la misma sesión, con advertencia en la segunda de las consecuencias de una tercera llamada, el Presidente podrá ordenarle que abandone el local en que se esté celebrando la reunión, adoptando las medidas que considere oportunas para hacer efectiva la expulsión.
En los supuestos en que, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 7/1985, algún miembro de la Corporación deba abstenerse de participar en la deliberación y votación, deberá abandonar el Salón mientras se discuta y vote el asunto, salvo cuando se trate de debatir su actuación como corporativo, en que tendrá derecho a permanecer y defenderse.
A los efectos del desarrollo de las sesiones y para definir el carácter de las intervenciones de los miembros de la Corporación, se utilizará la siguiente terminología:
1.      Dictamen, es la propuesta sometida al Pleno tras el estudio del expediente por la Comisión informativa. Contiene una parte expositiva y un acuerdo a adoptar.
2.      Proposición, es la propuesta que se somete al Pleno relativa a un asunto incluido en el orden del día, que acompaña a la convocatoria, en virtud de lo dispuesto en el artículo 82.3 de este Reglamento. Contendrá una parte expositiva o justificación y un acuerdo, asimismo, a adoptar. No procederá entrar a debatir ni votar una proposición sin que previamente se haya ratificado, de acuerdo con lo dispuesto en el referido artículo 82.3, la inclusión del asunto en el orden del día.
3.      Moción, es la propuesta que se somete directamente a conocimiento del Pleno al amparo de lo prevenido en el artículo 91.4 de este Reglamento. Podrá formularse por escrito u oralmente.
4.      Voto particular, es la propuesta de modificación de un dictamen formulada por un miembro que forma parte de la Comisión informativa. Deberá acompañar al dictamen desde el día siguiente a su aprobación por la Comisión.
5.      Enmienda, es la propuesta de modificación de un dictamen o proposición presentada por cualquier miembro, mediante escrito presentado al Presidente antes de iniciarse la deliberación del asunto.
6.      Ruego, es la formulación de una propuesta de actuación dirigida a algunos de los órganos de gobierno municipal. Los ruegos formulados en el seno del Pleno podrán ser debatidos, pero en ningún caso sometidos a votación.
Pueden plantear ruegos todos los miembros de la Corporación, o los grupos municipales a través de sus portavoces.
Los ruegos podrán ser efectuados oralmente o por escrito y serán debatidos generalmente en la sesión siguiente, sin perjuicio de que lo puedan ser en la misma sesión que se formulen si el Alcalde o Presidente lo estima conveniente.
7.      Pregunta, es cualquier cuestión planteada a los órganos de gobierno en el seno del Pleno. Pueden plantear preguntas todos los miembros de la Corporación, o los grupos municipales a través de sus portavoces. Las preguntas planteadas oralmente en el transcurso de una sesión serán generalmente contestadas por su destinatario en la sesión siguiente, sin perjuicio de que el preguntado quiera darle respuesta inmediata.
Las preguntas formuladas por escrito serán contestadas por su destinatario en la sesión siguiente, sin perjuicio de que el preguntado quiera darle respuesta inmediata.
Las preguntas formuladas por escrito con veinticuatro horas de antelación, serán contestadas ordinariamente en la sesión o, por causas debidamente motivadas, en la siguiente.



MODELO DE PROPOSICIÓN


D/Dña. ___________________________________________, Portavoz del Grupo Municipal de FORO ASTURIAS en el Ayuntamiento de _________________________________, en nombre y representación del mismo, y al amparo de lo establecido en la normativa aplicable eleva a esa Alcaldia, para su inclusión en el Orden del día a debatir en el siguiente al Pleno de la Corporación la siguiente

PROPOSICIÓN

EXPOSICION DE MOTIVOS

Aquí se reflejara lo que se pretende discutir en el Pleno, precedido de una justificación o motivación de lo que pretendemos debatir



De acuerdo con lo anterior, se somete a la consideración del Pleno la aprobación del siguiente o de los siguientes:


ACUERDO/S

Aquí haremos figurar cual es el acuerdo que se pretende obtener en el Pleno



En ______________________________ a ___ de ________________ de 2011



                                                                                                                        


MODELO DE MOCIÓN MUNICIPAL


D/Dña. ___________________________________________, Portavoz del Grupo Municipal de FORO ASTURIAS en el Ayuntamiento de _________________________________, en nombre y representación del mismo, y al amparo de lo establecido en la normativa aplicable, por razones de urgencia, eleva al Pleno de la Corporación para su debate la siguiente

MOCIÓN

EXPOSICION DE MOTIVOS

Aquí se reflejara lo que se pretende discutir en el Pleno, precedido de una justificación o motivación de lo que pretendemos debatir



De acuerdo con lo anterior, se somete a la consideración del Pleno la aprobación del siguiente o de los siguientes:


ACUERDO/S

Aquí haremos figurar cual es el acuerdo que se pretende obtener en el Pleno



En ______________________________ a ___ de ________________ de 2011



                                                                                                                        



MODELO DE ENMIENDAS I

En los modelos de enmiendas que se adjuntan habría que añadir el encabezado identificativo del Portavoz municipal y la Súplica de la admisión de las enmiendas que se presenten y el Lugar, fecha y firma


Existen 3 tipos de ENMIENDAS:

            o Enmienda de Adición.
            o Enmienda de Sustitución.
            o Enmienda de Supresión.

A la hora de redactar las Enmiendas, se hará de la siguiente forma:
            Identificación inicial del Dictamen
            Página d l Dictamen
            Tipo de enmienda,
            Párrafo y Línea, que se pretende enmendar.
            Texto propuesto de adición, sustitución o supresión.

EJEMPLOS:

De Adición.

            Proposición relativa a las barreras arquitectónicas
            Página 2
            Tipo ADICIÓN
            Párrafo 06
            Línea 3
            TEXTO Añadir: después de las palabras ‘‘abanderamos con optimismo’’Lo  siguiente:               ‘‘y mucha ilusión….’’

De Sustitución.

            Proposición relativa a las barreras arquitectónicas
            Página 2
            Tipo SUSTITUCIÓN
            Párrafo 06
            Línea 3
            TEXTO Sustituir: las palabras ‘‘abanderamos con optimismo’’
            Por las siguientes: ‘‘abanderamos con mucha ilusión….’’

De Supresión.

            Proposición relativa a las barreras arquitectónicas
            Tipo SUPRESIÓN
            Párrafo 06       Línea 3           
           TEXTO Suprimir: las palabras ‘‘abanderamos con optimismo una vía’’


MODELO DE ENMIENDAS II

ENMIENDA AL EPIGRAFE Nº

ENMIENDA DE SUPRESIÓN:
Suprimir desde _________________________________ hasta_________________________ .

ENMIENDA AL EPIGRAFE Nº

ENMIENDA DE SUSTITUCIÓN:
Sustituir desde________________________________hasta___________________________ .
Sustituir por el siguiente texto
______________________________________________________________________
______________________________________________________________________
______________________________________________________________________

ENMIENDA AL EPIGRAFE Nº

ENMIENDA DE ADICIÓN:
Añadir a continuación de ____________________________________________
el siguiente texto
______________________________________________________________________
______________________________________________________________________
______________________________________________________________________
_____________________________________________


MODELO DE PREGUNTA.



AL SR. ALCALDE DE…………………….

……………….… Concejal del Grupo FORO ASTURIAS, al amparo de lo establecido en el artículo 97 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, formula, para su contestación en el próximo pleno ordinario, la siguiente pregunta:

EJEMPLO: ¿Cuándo piensa acometer la reforma del Reglamento orgánico municipal para adecuarlo a la nueva legislación del Pacto Local?


Lugar, fecha y firma



Nota: Antes de la formulación de la pregunta cabe una exposición de motivos que avale y justifique la formulación de la misma.
MODELO DE RUEGO.



RUEGO QUE FORMULA EL GRUPO MUNICIPAL FORO ASTURIAS AL SR ALCALDE DE…

............... , Concejal del Grupo Municipal de FORO ASTURIAS, al amparo de lo establecido en el artículo 97 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales RUEGA:


EJEMPLO DE RUEGO: Se adopten los acuerdos plenarios oportunos en orden a la modificación del Reglamento Orgánico Municipal para adecuarlo a la nueva legislación surgida del Pacto Local.

Lugar, fecha y firma



MODELO DE VOTO PARTICULAR


VOTO PARTICULAR QUE PRESENTA EL PORTAVOZ DEL GRUPO FORO ASTURIAS EN RELACIÓN CON EL DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA RELATIVA AL EXPEDIENTE………..


EXPOSICIÓN DE MOTIVOS







Por lo anteriormente expuesto, mostramos nuestro rechazo y subscribimos el presente

VOTO PARTICULAR





En razón de todo ello formulamos la siguiente

PROPUESTA






Lugar, fecha y firma